Convocatoria Cabildo General de Elecciones a Hermano Mayor

Fecha, plazos y requisitos de presentación de candidaturas, así como de los hermanos electores.

Por orden del Sr. Hermano Mayor, según acuerdo del Cabildo de Sres. Oficiales del pasado día 5 de abril de 2016, y en virtud de lo que prescriben nuestras Reglas, art. 44, se convoca Cabildo General de Elecciones a Hermano Mayor, que se celebrará (D.M.) el próximo lunes 6 de Junio de 2016, en los salones de nuestra Casa de Hermandad, sita en Calle Cardenal Parrado nº3, Edificio Esparta, Bajo, a las 20:00 horas en primera convocatoria y, caso de no existir quorum para ello, a las 20:15 horas en segunda y última.

ORDEN DEL DÍA
1º.- Preces Iniciales.
2º.- Lectura del acta de constitución de la mesa electoral.
3º.- Lectura de las candidaturas presentadas.
4º.- Votación directa y secreta de 20,30 a 23,00 horas.
5º.- Proclamación de la candidatura elegida.
6º.- Preces Finales.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS
El plazo de presentación será del 1 al 25 de mayo de 2016 (art. 46), por medio escrito al apartado de Correos 248 – 18080 de Granada. Cualquier candidatura que se presente fuera de fecha y forma será nula.
CONSTITUCIÓN DE LA MESA ELECTORAL
Antes del 6 de mayo se constituirá la Mesa Electoral (art. 48) que estará compuesta por el Director Espiritual como representante de la Autoridad Eclesiástica, El Hermano Mayor,
la Fiscal, el Secretario y el Tesorero, siempre que ninguno de estos cargos sea precandidato en cuyo caso será sustituido, atendiendo al orden de prelación establecido en el artículo 87 del Reglamento de Régimen Interno, por otro miembro de la Junta de Gobierno que haría sus funciones.
REQUISITOS DE LA CANDIDATURA
Podrá ser candidato (art. 46) todo aquel hermano que antes del 18 de febrero de 2016, tenga cumplidos los 25 años de edad, tenga al menos 3 años de antigüedad como hermano activo, esté al corriente de cuotas, que no desempeñe cargo político de elección pública, tenga el domicilio dentro de la diócesis granadina y tenga sentido eclesial y cristiano probado.
REQUISITOS DE LOS VOTANTES
Es elector, (art. 45) todo aquel hermano que sea activo, tenga al menos un año de antigüedad en la Hermandad, sea mayor de edad y no tenga cuotas pendientes.